Aprobados sin plaza de 2018 en Canarias

agosto 01, 2019

Inauguramos blog con un artículo explicando la situación y trayectoria de los los aprobados sin plaza desde la convocatoria 2018.

Agosto 2019. Es la segunda adjudicación de destinos que ha tenido lugar desde que en 2018 superásemos la oposición al cuerpo de Secundaria, Escuelas de Idiomas y FP en Canarias. En la adjudicación de destinos de 2018 no obtuvimos destino, a pesar de haber superado la fase de oposición.

Somos los llamados aprobados sin plaza, término que ya ha sido recogido en numerosos textos de carácter jurídico, es decir, superamos la fase de oposición, pero nos quedamos sin plaza en la fase de concurso de méritos.

En este recién concluido proceso de adjudicación de destinos en agosto de 2019, algunas compañeras y compañeros sí han obtenido destino, pero otras muchas no. En concreto, en la especialidad de Orientación Educativa ninguna de las 69 personas aprobadas sin plaza de 2018 ha obtenido destino por esta especialidad. En esta crítica y lamentable situación también se encuentran especialidades como Formación y Orientación Laboral, Servicios a la Comunidad, Inglés, Geografía e Historia, Educación Física, Música entre otras, aún siendo de listas muy solicitadas como, por ejemplo, Biología.

Respecto a las personas que sí han obtenido destino eso no quiere decir, ni mucho menos, que su posición sea justa o que sus derechos estén siendo respetados en el sistema de acceso a la función pública docente en Canarias.

No cabe duda a estas alturas que todo esto comenzó décadas atrás ya que sólo así se explica la alta tasa de interinidad y la usurpación de derechos de los aprobados sin plaza en diferentes convocatorias, pero ha sido especialmente sangrante en las dos últimas, causando graves problemas “de justicia intergeneracionalen palabras de la nueva Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, María José Guerra. Centrándonos en el proceso selectivo de 2018, comenzaremos por remontarnos a 2017 con el fin de analizar la situación de la que han derivado terribles consecuencias para los aprobados sin plaza como la pérdida de nuestros derechos de acceso a función pública y reducción drástica de posibilidades de trabajar en los centros públicos docentes de Canarias.

Canarias se encontraba con una tasa de interinidad que ronda el 30 %. Fruto de negociaciones sindicales se aprueba a través de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, lo siguiente:

Quinta. Listas de interinidades y sustituciones del personal docente durante 2018. Sin perjuicio de lo que pueda establecerse por el Plan de estabilización de empleo temporal previsto en el artículo 55 de la presente ley, durante el año 2018, para el sector docente no universitario, no se abrirá ningún procedimiento ordinario de constitución de listas de empleo, conforme al Decreto 74/2010, de 1 de julio, para el nombramiento de funcionarios interinos.

Las listas de empleo vigentes en cada especialidad a la fecha de entrada en vigor de la presente ley continuarán vigentes, no obstante podrán ampliarse, a continuación del último inscrito, con los participantes de los procesos selectivos que se desarrollen en ejecución de la oferta de empleo público para el 2018, que manifiesten su disposición de integrarse en las referidas listas de empleo. En tal caso, se inscribirán en orden decreciente, según la calificación total obtenida en el procedimiento selectivo en que participen.

Es decir, el Parlamento de Canarias aprobó con rango de ley autonómica el bloqueo del Decreto 74/2010.

¿Por qué les interesaba bloquear el Decreto 74/2010?

Este Decreto recoge en su preámbulo la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, donde se sustenta que la selección de tales funcionarios interinos habrá de realizarse mediante procedimientos ágiles que respetarán en todo caso los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El Decreto establece un procedimiento selectivo ordinario basado en un sistema de concurso en el que se valorará como mérito la nota de oposición y la experiencia en la Administración Pública, y que las listas de empleo estarán vigentes hasta su sustitución por nuevas listas derivadas de pruebas selectivas para el ingreso de funcionarios de carrera del mismo Cuerpo/Escala/Especialidad. Todo ello quedó suspendido por lo aprobado, como decíamos, en el Parlamento de Canarias en la Ley 7/2007.

Además de bloquear el Decreto 74/2010, como hemos visto, el Parlamento canario aprobó que las listas de empleo no se renovasen tras los procesos selectivos sino que siguieran vigentes y que, en todo caso, a los nuevos opositores (aquellos que no figuraban previamente en lista y opositaban por primera vez en Canarias, derivados de las siguientes oposiciones) se les metiera en lista detrás de la última persona inscrita.

Una consecuencia muy trascendente, derivada de la prórroga de vigencia de las listas de empleo anteriores al proceso selectivo de 2018, fue la no obligatoriedad de presentarse a las oposiciones en 2018 para continuar perteneciendo a las listas de empleo de las que se formaba parte, con lo cual muchos integrantes de listas de empleo no realizaron la fase de oposición y siguieron en el mismo puesto.

En cambio, en 2019, la Ley 7/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2019, recogió que las listas de empleo vigentes en cada especialidad continuarán vigentes con carácter general, siendo necesario presentarse a los procesos selectivos para seguir formando parte de las mismas.

¿Qué es una persona inscrita en las listas de empleo?

Es cualquier persona que figure en las listas de empleo; puede ser otra persona aprobada sin plaza de procesos selectivos anteriores; puede ser alguien que se inscribió hace más de 10 años en una bolsa que se abrió; también podemos estar hablando de personas que entraron a formar parte de esas listas porque se presentaron a oposiciones y aunque no superaran la fase de oposición se quedaron a formar parte de las listas, etc.

En definitiva, el Parlamento de Canarias aprobó en una Ley que las personas que se presentasen a las futuras oposiciones se situarían por detrás de los integrantes de las listas, suspensos, no presentados a oposiciones... Y así, sindicatos de enseñanza, Consejería de Educación y Parlamento de Canarias, con esta medida, sellaron el blindaje de listas de empleo docentes en Canarias.

Al continuar vigentes las listas de empleo previas, en caso de que hubiese, como hubo en junio de 2018 oposiciones, se garantizaba a todos los integrantes de listas continuar en su posición y, por tanto, prorrogar su acceso a cubrir vacantes, sustituciones y adquirir tiempo de experiencia, obviamente.

Lo expuesto y aprobado en la Ley 7/2017 en aras de una supuesta búsqueda de estabilidad laboral de esos integrantes de listas (aun a sabiendas que en nuestro marco legislativo para ello es necesario aumentar la oferta de plazas en procesos selectivos) ha implicado, al mismo tiempo, arrebatar el derecho de acceso a la función pública y docente de cientos de opositores y docentes que superamos la oposición. Suponemos que se sintieron los señores del castillo subiendo el puente levadizo. ¡Que nadie cruce!, ¡que nadie entre!

La cuestión es que, lejos de vivir dentro de una temporada de Juego de Tronos, existen unas leyes de rango superior que establecen el acceso a la función pública por igualdad, mérito y capacidad: Estatuto Básico del Empleado Público (art. 10.2; 56), Ley Canaria de Función Pública (art. 1; 13; 65.1.3 Disposición adicional decimocuarta), Ley Canaria de Educación Universitaria (art. 5; 63.1; 63.2) , resto del ordenamiento jurídico estatal y autonómico y la propia Constitución Española (art.14; 23.2;103.3).

Después de la Ley 7/2017 que incurrió presumiblemente en inconstitucionalidad en su disposición transitoria vino la reducción de plazas ofertadas para el proceso selectivo de 2018. De 2041 plazas ofertadas inicialmente los sindicatos de enseñanza presionaron para que finalmente solo salieran 1160 plazas en el Decreto 50/2018, de 23 de abril, y sólo 4 días más tarde en la Orden de 27 de abril de 2018, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores Técnicos de Formación Profesional, correspondientes a la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización del empleo temporal del personal docente no universitario, para el año 2018, en la Comunidad Autónoma de Canarias, con la oposición de STEC ya que 1160 plazas le seguían pareciendo muchas en una comunidad autónoma que ronda el 30 % de interinidad. Los pueriles argumentos dados por los sindicatos de enseñanza fueron que sacar todas las plazas implica riesgo para los interinos y sustitutos (no vayan a llegar con todo su esfuerzo y capacidad los que no tienen experiencia y saquen la plaza), conlleva efecto llamada (como si no viviésemos en un país con libertad de movilidad laboral)... Las verdaderas razones, puesto que estas no tienen mucha lógica, seguimos sin ser capaces de elucubrarlas...

Celebradas las oposiciones entre junio y julio de 2018, con el Decreto 74/2010 en parte suspendido por la Ley 7/2017 y, por tanto, sin posibilidad de reordenación de listas de empleo mediante los principios de igualdad, mérito y capacidad, pasó agosto y la adjudicación de destinos; llegó septiembre con sus vacantes y sustituciones... y para los que era nuestra primera oposición en Canarias y sin haber sido integrantes de listas de empleo con anterioridad, tampoco después de la oposición aparecíamos en ellas; ni siquiera detrás de la última persona inscrita como decía la Ley 7/2017. Como si no hubiésemos superado la oposición, como si ni siquiera te hubieses presentado.

¿Por qué ni siquiera aparecíamos en listas en septiembre de 2018?

La explicación la encontramos en el Decreto 74/2010. Este decreto recoge una importante particularidad y cuanto menos bastante curiosa e inquietante disposición:

Artículo 6. Aprobación, aplicación y vigencia de las listas de empleo. de las listas de empleo.
2. En el sector docente no universitario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias las listas que deriven de las convocatorias de pruebas selectivas para el ingreso de funcionarios de carrera, sin perjuicio de su anterior aprobación, se aplicarán para los nombramientos del curso académico que se inicia en el año siguiente al de celebración de las pruebas.

En este preciso punto sí les parecía bien el Decreto 74/2010, en lo que se refiere a meternos en lista un curso más tarde, con un curso de retraso, no como ocurre en otras comunidades autónomas, en las que en septiembre estas listas ya están actualizadas y disponibles para comenzar el curso. Quiere decir esto que en Canarias, anacrónicamente y al contrario que en otros territorios, si realizamos la oposición en junio de 2018 hasta septiembre de 2019 no nos iban a incluir en listas de empleo, ni siquiera detrás de los últimos inscritos. De esta forma, aumenta la experiencia de los que están en lista durante otro curso, y todo esto, dentro de un sistema de oposición que pondera tanto la experiencia en la enseñanza pública, es muy suculento.

Sin embargo, se debe reiterar que esto no sucede en otras Comunidades Autónomas, a pesar de las recientes declaraciones de la nueva Consejera de Educación en Canarias, María José Guerra Palmero, quién ha declarado “que sucede en todas las comunidades autónomas” y para ello elaboramos un completo estudio de normativa sobre listas de empleo y procesos selectivos en las diferentes comunidades autónomas que fue entregado al anterior equipo de la Consejería de Educación para mostrar que no, ni mucho menos, sucede lo mismo.

¿Qué le dice al colectivo de opositores sin plaza?

Sucede en todas las Comunidades Autónomas. Hay un compromiso para reducir esas tasas de interinidad y somos sensibles a la demanda. Ocurre igual con las universidades. Queremos sacar el mayor número de plazas posible pero con carencias presupuestarias es my complicado. Hay que recordar que estamos con los presupuestos de Rajoy prorrogados y sin gobierno estatal. Y eso influye porque hay más necesidades: infraestructuras, peticiones de los centros y de unos alumnos cada vez más diversos.

Foto: Declaraciones de María José Guerra Palmero en el Día de Canarias (1 de agosto de 2019).

Estas personas, aprobadas sin plaza en otras Comunidades Autónomas (que, sin embargo, hoy en Canarias NO TIENEN TRABAJO), ya están inscritas a continuación del proceso selectivo para el próximo e inminente curso escolar, con diversos mecanismos que además otorgan valor los que han superado la fase de oposición. Las listas de empleo derivan de los procesos selectivos en la mayoría del territorio nacional de las 17 Comunidades Autónomas, trece de ellas utilizan un sistema de Listas Empleo vinculadas y que derivan del proceso selectivo convocado. En las otras cuatro comunidades autónomas las listas de empleo se actualizan con cada proceso selectivo o periódicamente. En el caso de Navarra concretamente, existen tres listas donde la primera lista es preferente de aprobados de la oposición ordenando las notas con cada proceso selectivo y, además, guardando esa nota sin límite de tiempo. Pero, una vez más, desconocemos si en Canarias todo es parte de un plan en el que, como los ficticios atracadores de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre en Netflix, todo es para "ganar tiempo".

Ante este desolador panorama, que si bien las lágrimas caían antes de las oposiciones por cansancio, sacrificios personales y familiares, al comienzo del curso 2018/19 caían de pura impotencia e incomprensión, comenzamos a organizarnos y las reclamaciones se sucedieron desde agosto de 2018 por todas las vías posibles, siempre intentado visibilizar como en Canarias se han incumplido leyes de rango superior como la propia Constitución y se han arrebatado los derechos de opositores y docentes.

Siempre hablamos de opositores y docentes, sí, porque es importante aclarar que hay docentes interinos con varias oposiciones superadas que, al haber bloqueado la reordenación, no han visto mejorada su posición en lista, su capacidad no ha sido valorada; su formación y tenacidad para seguir convocatoria tras convocatoria dando lo mejor para sacar una plaza ha quedado sin reconocimiento alguno en las listas de empleo de Canarias.

Tras las reclamaciones y movilizaciones, la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación abrió Plazo de presentación de REQUISITOS: Del 31 de octubre de 2018 al 31 de enero de 2019 para ampliar las listas de empleo de cada una de las especialidades convocadas mediante Orden de 27 de abril de 2018 (BOC N.º 84 de 2.5.18).

En diciembre, con la colaboración de la Agrupación Socialista Gomera sensibilizada con nuestra injusticia el Parlamento aprobó en Ley 7/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019:

Disposición transitoria novena. Integración en las listas de empleo de los participantes en procesos selectivos de personal docente desarrollados en 2018.

Con efectos del 1 de enero de 2019, las personas participantes en el proceso selectivo desarrollado en 2018 que, habiendo superado todos los ejercicios del mismo, no hayan sido seleccionadas y no hubieran sido llamadas a trabajar, podrán integrarse en las listas de interinidades y sustituciones vigentes, si así lo solicitan.

La inscripción se realizará en orden decreciente, según la calificación total obtenida en el proceso selectivo, a partir del último integrante de las listas que haya prestado servicios hasta el 31 de diciembre de 2018 en centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Estas medidas nos permitieron entrar en lista, acceder a las llamadas “ofertas web" de la Consejería de Educación de Canarias y adelantar puestos, aunque siempre por detrás de las personas con tiempo de servicio, porque en ningún caso ha habido reordenación.

Muchas compañeras y compañeros de algunas de las especialidades más demandadas como Biología (30 de un total de 60 aprobados) por fin pudieron acceder a cubrir algunas sustituciones y empezar a trabajar. Pero no todas. Otras muchas compañeras y compañeros seguimos sin trabajar y todos, tanto los que han sido ya nombrados alguna vez como los que no hemos sido llamados, seguimos sin estar en el puesto que nos corresponde de aplicarse una reordenación como contemplan nuestras leyes.

Puesto que ninguna de las medidas ha restaurado nuestros derechos, nos hemos visto forzados a recurrir a la vía judicial y a seguir visibilizando por todos los medios posibles la grave vulneración de derechos de opositores y docentes en la comunidad autónoma de Canarias.

Hayamos obtenido destino o no, hayamos tenido oportunidad de trabajar en curso anterior o no, todas las personas que superamos las oposiciones sin obtener plaza estamos en el mismo barco, un barco que han querido que naufragara, que han querido que sea tierra sin ley, despojado de derechos... Pero no, aquí nos encontramos remando hacia tierra firme, con el convencimiento que, como en cualquier otra comunidad autónoma, nuestros derechos deben ser reconocidos, y la igualdad de oportunidades en el acceso a la función pública restaurada.

Ampliar información:
Mª del Camino Pérez Ramírez,Escrito por Mª del Camino Pérez Ramírez, Psicóloga y aprobada sin plaza en la especialidad de orientación educativa 2018.

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